De acuerdo con el artículo 244 del CPC la extorsión se entiende como “El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito o cualquier utilidad ilícita o beneficio ilícito, para sí o para un tercero”.
La extorsión tiene diversas formas de representarse, muchas de estas pueden terminar siendo patrones normalizados de cobros a cambio de la provisión de bienes o prestación de servicios, por ejemplo: Cobro por servicios de seguridad, cobro por proveer servicios públicos (por ejemplo, agua o alcantarillado), cobro a establecimientos comerciales e industriales, entre otros.